Normativa de Bares y Restaurantes sobre alérgenos
Hoy nos saldremos del ámbito de la ingeniería y prestaremos atención a una nueva normativa que afecta a Restaurantes, locales de alimentación y similares, la normativa europea 1169/2011, y es que antes de que finalice 2014, los locales donde se sirvan comidas, bares, cafeterías y restaurantes de Canarias deberán informar a sus clientes de las sustancias alergénicas que contengan sus platos, raciones y aperitivos con el fin de que se puedan consumir sin riesgo.
Los que nos vemos afectados directa o indirectamente por una alergia alimentaria nos encontramos a menudo con la circunstancia de tener que abandonar un local sin consumir sus productos debido a que no se asegura por parte de los dependientes o camareros que estén libres de alérgenos como puede ser el gluten, leche y derivados, etc.
Legislación vigente
Hasta ahora los consumidores afectados por alergias alimentarias quedaban a disposición de la buena voluntad de los dependientes, que en muchos casos se esforzaban por ayudar, y que se informaban acudiendo a la cocina o llamando por teléfono al proveedor. Aunque tristemente la mayor parte se encogían de hombros y no aportaban más información más allá del precio del producto o del plato.
Aplicación de la nueva normativa
La aplicación de la normativa será un gran paso adelante en la mejora de los servicios, y tanto los emprendedores que se decidan a abrir un establecimiento del ramo de la alimentación, como los que ya cuentan con su local en funcionamiento, están a tiempo de informarse como aplicar la legislación en sus negocios o acudir a los diferentes cursos que se están impartiendo sobre este asunto para poder destacar como establecimientos de calidad.