Escaleras y escalones en locales comerciales, 4 puntos claves.
Esta semana tuvimos un encuentro con Juan Balaguer, que nos mostró su catálogo de escaleras de diseño, vale la pena echarle un vistazo porque tiene soluciones muy imaginativas para la mayoría de problemas que se nos pueden plantear en los proyectos de ingeniería que realizamos.
Aprovechamos la ocasión para recordar los aspectos a tener en cuenta para cumplir con los requisitos que nos impone la normativa en relación a las escaleras, tanto en locales comerciales, como en viviendas.
Hay dos denominaciones que hay que tener en cuenta antes de lanzarnos a interpretar la normativa, se debe establecer una diferencia entre los usos de la escalera, de forma que una escalera que no va a ser utilizada por el público (clientes de la tienda o el bar por ejemplo) se denomina de uso restringido. Para ser exactos se consideran de uso restringido aquellas escaleras que serán utilizadas por un máximo de diez personas y que sean usuarios habituales.
Por simplificar, el resto de los usos lo denominaremos uso público.
Número Mínimo de escalones
El objeto de la ley que regula el diseño de las escaleras es reducir los diferentes riesgos que puedan derivarse de un mal diseño, especialmente las caídas durante su uso habitual, o en caso de evacuación por emergencia.
Partiendo de esta base, se establece que el número mínimo de escalones es de tres, para facilitar su percepción por parte de los usuarios. Es frecuente en los locales comerciales que cuentan con un escalón aislado, que se produzcan caídas o tropiezos de clientes que desconocen la existencia de dicho escalón, por lo que no están permitidos.
Caso aparte es la entrada al establecimiento, donde si se admite la existencia de un solo escalón, o dos, siempre que coincida con la línea de fachada.
Anchura de las escaleras
El ancho de la escalera depende del uso, en uso restringido se admite un mínimo de 80 cm de ancho, mientras que en el resto de los usos la medida será mayor en función de las personas que vayan a utilizarla, siendo de 90 cm en locales de uso docente con escolarización infantil o de enseñanza primaria, Pública concurrencia y Comercial si va a ser utilizada por menos de 50 personas, y un metro si va a ser utilizada por menos de 100 personas. Los casos restantes merecen un estudio específico.
Diseño de las barandillas
El diseño de las barandillas requiere bastante detenimiento, para evitar no solo riesgos de caída , prestando especial atención a los niños, sino del riesgo de que introduzcan la cabeza entre los barrotes.
Para ello, la altura mínima de las barandillas es de 90cm, evitándose los elementos que permitan que sean escalables, la separación entre los barrotes estará limitada por el diámetro de una circunferencia de 10cm.
Medidas de los escalones
Los escalones cuentan con dos medidas, la huella y la contrahuella. Para escaleras de uso restringido la contrahuella será de 20cm como máximo y la huella de 22 cm como mínimo.
En escaleras de uso público, la huella debe medir un mínimo de 28 cm y la contrahuella 17,5cm como máximo.
Estos son los cuatro puntos principales a tener en cuenta, existen muchos mas aspectos a contemplar para que la escalera de un local cumpla con la normativa vigente y poder obtener la licencia de apertura de un local, para ello es imprescindible el ojo experto de un técnico competente, ingeniero o arquitecto, que pueda asesorar sobre la construcción de una escalera o la adecuación de una existente.
Si necesita mas datos sobre este asunto o cualquiera relacionado con proyectos y certificados de locales comerciales puede llamarnos al 928401224 o enviarnos sus preguntas a través de nuestro formulario.
Photo Credit: Escaleras Balaguer